lunes, 4 de enero de 2016


TEORÍA CONSTITUCIONAL 

UNIDAD 10 FORMAS DE ESTADO


10.1. Concepto y clasificación de las formas de estado

Las formas de Estado, nos referimos a la estructura de la organización política; estamos viendo al Estado como un todo con los diversos elementos que lo integran. Las formas de Gobierno hacen referencia a los modos como están constituidos los órganos del Estado.
Cuando hablamos de Estado, aludimos a una sociedad permanentemente establecida con un orden jurídico, con un territorio, con un gobierno que tiende a la realización de los valores sociales, individuales, intelectuales y materiales de los individuos que la componen. En cambio, cuando aludimos al Gobierno, nos estamos refiriendo únicamente al poder público.
Luis Pizarro nos dice que se llaman formas de Estado a las distintas formas que una nación puede adoptar, no por la estructura y engranaje de los órganos soberanos, sino por la división o desplazamiento de sus competencias. Entonces, las formas de Estado hacen referencia a la estructura general de la organización total del país; en cambio las formas de Gobierno implican la estructura que pueden adoptar en un país los órganos encargados de ejercer las funciones soberanas al relacionarse entre sí.
Cuando definimos al Gobierno al poder público y su relación con la sociedad y cuando aludimos a las formas de Estado estamos hablando del "Todo Estatal”
Las formas del Estado se pueden clasificar en dos grandes grupos:
a) El Estado simple o unitario, se habla de una sola soberanía, una sola población, un solo territorio. Se caracteriza porque sus instituciones de gobierno constituyen un solo centro de imputación política; esto significa que en el Estado unitario, todos los ciudadanos están sujetos a una sola institución de autoridad, a una autoridad única, a una sola jurisdicción nacional, a un solo régimen competencial constitucional y a un orden jurídico común para todos. el Poder Legislativo, Judicial y Ejecutivo o administrativo, pertenecen a una sola instancia, a un solo titular que es el Estado.
b) El Estado compuesto o complejo, es aquel que está formado por un conjunto de estados; es decir, es un Estado que a su vez está formado por otros estados menores y, por lo tanto, corresponde al Estado federal una suerte de "estado de estados". En el Estado federal, el poder público tiene una triple manifestación por cada estado menor y además, hay un Estado federal nacional con sus respectivos tres poderes.
En nuestro concepto únicamente existen dos formas de Estado, la forma dé estado unitario y la forma de estado federal, hay autores como es el caso de Andrés Hauriou que sostienen que es necesario incluir para el análisis de las formas del Estado, a algunas concepciones que ellos le llaman de Estados complejos, como son las uniones reales, uniones personales o uniones de estados e, incluso, a las confederaciones.

10.2. ESTADOS UNITARIOSO CENTRALISTAS

10.2.1. Concepto y características

Es una forma centralizada del ejercicio del poder público. Tiene una forma centralizada del ejercicio del poder público; que le corresponde una forma centralizada, que se da tanto en lo jurídico-político como en lo administrativo.
Habrá un poder central, de donde emanarán las decisiones políticas del Estado y, por lo tanto, habrá una sola esfera competencial en todo el Estado. Existe lo que en doctrina constitucional se le llama homogeneidad del poder: esto significa que, tanto en las instituciones legislativas como en las administrativas, no existen órganos distintos.
Es importante cuando se analiza al Estado unitario, es no confundir la descentralización y la desconcentración estrictamente administrativa con la forma de Estado unitario.
Características centrales de Estado unitario:
·         El Estado unitario posee, centralización política.
·         En el Estado unitario existe homogeneidad del poder.
·         En el Estado unitario los órganos regionales o parciales, distintos territorialmente, pueden tener cierta autonomía funcional pero nunca autonomía política real, de manera amplia.
Para Hans Kelsen, en realidad, entre un Estado unitario y un Estado federal no existe una diferencia esencial, sino en el grado de descentralización.

10.3. Estados compuestos

10.3. l. Concepto e Importancia

El Estado compuesto se identifica con el Estado federal. André Hariou nos dice que es una colectividad divisible en partes internas, merecedoras cada una de ellas de denominarse, a su vez, Estado y estas comunidades internas, en el Estado compuesto, se encuentran unidas por un lazo de comunidad.
Hauriou identifica dos formas de estado compuesto:
ü  Las confederaciones.
ü  El estado federal.

10.3.2. Uniones reales y personales

Las uniones personales son formas arcaicas de los Estados compuestos. Ambas obedecen a un fenómeno histórico monárquico, ligadas al fenómeno dinástico existente en Europa.
Las uniones personales estamos hablando de dos monarquías que tienen un mismo monarca, pero se mantienen los dos gobiernos el uno del otro, pero se rigen bajo un pacto de unificación en cuanto al ejercicio del poder. Sin embargo, no debe haber una confusión tal que implique la unificación soberana de dos estados.
Por ejemplo, la unión que hubo entre Inglaterra y el Reino de Hanover hasta 1714; el caso de la unión entre los Países Bajos y el Gran Ducado de Luxemburgo; también se puede citar el caso del Reino de Bélgica y el Estado Libre del Congo en 1885.
Las uniones reales son aquellas en virtud de las cuales, las monarquías están unidas en la persona de un mismo monarca, en un mismo gobierno; es decir, la unión, amén de compartir al monarca, también une el ejercicio del poder. En las uniones reales la unión no es total, hay aspectos de independencia en algunas ramas gubernamentales y, especialmente, en la parte legislativa.

10.3.3. Confederación

La Confederación de Estados no es una forma de Estado, ya que estamos en presencia de varios Estados que nunca han sido totalmente unidos, pero tienen ciertos vínculos de carácter permanente y orgánico, sin que desaparezcan los Estados miembros,
La Confederación en cierto sentido, precede al Estado federal. La Confederación tiene como base un pacto interestatal o un pacto internacional; entre los Estados que se asocian para cooperar en determinado tipo de actividades o de materias, pero conservando su soberanía. Así se crea cierta organización compuesta por ese pacto entre Estados.
Un aspecto que distingue al Estado federal de las confederaciones, es que en el caso de la Confederación, sus normas no se aplican directamente a los individuos, las normas se aplican a los estados y los únicos que aplican las normas directamente a los individuos son cada uno de los estados integrantes de la Confederación.

El nacimiento de los Estados Unidos de América, precisamente, implica que primero hubo una Confederación. Remontándonos a la historia antigua, en la Liga Aquea, se acerca a lo que es una organización federal. La Confederación del Rhin en Europa, la Liga Hanseática en el Sacro Imperio Romano, los cantones suizos. Hoy en día, más que citar estos casos, debiéramos hablar de comunidades económicas que tienen algunas características distintas pero similares en lo general y, tal vez, de mayor impacto en la vida de los Estados contemporáneos.

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