TEORÍA CONSTITUCIONAL
UNIDAD 10 FORMAS DE
ESTADO
10.1. Concepto y clasificación de las formas de
estado
Las
formas de Estado, nos referimos a la estructura de la organización política; estamos
viendo al Estado como un todo con los diversos elementos que lo integran. Las
formas de Gobierno hacen referencia a los modos como están constituidos los
órganos del Estado.
Cuando
hablamos de Estado, aludimos a una sociedad permanentemente establecida con un
orden jurídico, con un territorio, con un gobierno que tiende a la realización de
los valores sociales, individuales, intelectuales y materiales de los
individuos que la componen. En cambio, cuando aludimos al Gobierno, nos estamos
refiriendo únicamente al poder público.
Luis
Pizarro nos dice que se llaman formas de Estado a las distintas formas que una
nación puede adoptar, no por la estructura y engranaje de los órganos
soberanos, sino por la división o desplazamiento de sus competencias. Entonces,
las formas de Estado hacen referencia a la estructura general de la
organización total del país; en cambio las formas de Gobierno implican la
estructura que pueden adoptar en un país los órganos encargados de ejercer las
funciones soberanas al relacionarse entre sí.
Cuando
definimos al Gobierno al poder público y su relación con la sociedad y cuando aludimos
a las formas de Estado estamos hablando del "Todo Estatal”
Las
formas del Estado se pueden clasificar en dos grandes grupos:
a) El Estado simple o unitario, se habla
de una sola soberanía, una sola población, un solo territorio. Se caracteriza
porque sus instituciones de gobierno constituyen un solo centro de imputación
política; esto significa que en el Estado unitario, todos los ciudadanos están
sujetos a una sola institución de autoridad, a una autoridad única, a una sola
jurisdicción nacional, a un solo régimen competencial constitucional y a un
orden jurídico común para todos. el Poder Legislativo, Judicial y Ejecutivo o
administrativo, pertenecen a una sola instancia, a un solo titular que es el
Estado.
b) El Estado compuesto o complejo, es
aquel que está formado por un conjunto de estados; es decir, es un Estado que a
su vez está formado por otros estados menores y, por lo tanto, corresponde al
Estado federal una suerte de "estado de estados". En el Estado
federal, el poder público tiene una triple manifestación por cada estado menor
y además, hay un Estado federal nacional con sus respectivos tres poderes.
En
nuestro concepto únicamente existen dos formas de Estado, la forma dé estado
unitario y la forma de estado federal, hay autores como es el caso de Andrés
Hauriou que sostienen que es necesario incluir para el análisis de las formas
del Estado, a algunas concepciones que ellos le llaman de Estados complejos,
como son las uniones reales, uniones personales o uniones de estados e,
incluso, a las confederaciones.
10.2. ESTADOS UNITARIOSO CENTRALISTAS
10.2.1. Concepto y características
Es
una forma centralizada del ejercicio del poder público. Tiene una forma
centralizada del ejercicio del poder público; que le corresponde una forma
centralizada, que se da tanto en lo jurídico-político como en lo
administrativo.
Habrá
un poder central, de donde emanarán las decisiones políticas del Estado y, por
lo tanto, habrá una sola esfera competencial en todo el Estado. Existe lo que
en doctrina constitucional se le llama homogeneidad del poder: esto significa
que, tanto en las instituciones legislativas como en las administrativas, no
existen órganos distintos.
Es
importante cuando se analiza al Estado unitario, es no confundir la
descentralización y la desconcentración estrictamente administrativa con la
forma de Estado unitario.
Características
centrales de Estado unitario:
·
El Estado unitario
posee, centralización política.
·
En el Estado unitario
existe homogeneidad del poder.
·
En el Estado unitario
los órganos regionales o parciales, distintos territorialmente, pueden tener
cierta autonomía funcional pero nunca autonomía política real, de manera
amplia.
Para
Hans Kelsen, en realidad, entre un Estado unitario y un Estado federal no
existe una diferencia esencial, sino en el grado de descentralización.
10.3. Estados compuestos
10.3. l. Concepto e Importancia
El
Estado compuesto se identifica con el Estado federal. André Hariou nos dice que
es una colectividad divisible en partes internas, merecedoras cada una de ellas
de denominarse, a su vez, Estado y estas comunidades internas, en el Estado
compuesto, se encuentran unidas por un lazo de comunidad.
Hauriou
identifica dos formas de estado compuesto:
ü Las confederaciones.
ü El estado federal.
10.3.2. Uniones reales y personales
Las
uniones personales son formas arcaicas de los Estados compuestos. Ambas
obedecen a un fenómeno histórico monárquico, ligadas al fenómeno dinástico existente
en Europa.
Las
uniones personales estamos hablando de dos monarquías que tienen un mismo
monarca, pero se mantienen los dos gobiernos el uno del otro, pero se rigen
bajo un pacto de unificación en cuanto al ejercicio del poder. Sin embargo, no
debe haber una confusión tal que implique la unificación soberana de dos
estados.
Por
ejemplo, la unión que hubo entre Inglaterra y el Reino de Hanover hasta 1714;
el caso de la unión entre los Países Bajos y el Gran Ducado de Luxemburgo;
también se puede citar el caso del Reino de Bélgica y el Estado Libre del Congo
en 1885.
Las
uniones reales son aquellas en virtud de las cuales, las monarquías están
unidas en la persona de un mismo monarca, en un mismo gobierno; es decir, la
unión, amén de compartir al monarca, también une el ejercicio del poder. En las
uniones reales la unión no es total, hay aspectos de independencia en algunas ramas
gubernamentales y, especialmente, en la parte legislativa.
10.3.3. Confederación
La
Confederación de Estados no es una forma de Estado, ya que estamos en presencia
de varios Estados que nunca han sido totalmente unidos, pero tienen ciertos
vínculos de carácter permanente y orgánico, sin que desaparezcan los Estados
miembros,
La
Confederación en cierto sentido, precede al Estado federal. La Confederación
tiene como base un pacto interestatal o un pacto internacional; entre los Estados
que se asocian para cooperar en determinado tipo de actividades o de materias,
pero conservando su soberanía. Así se crea cierta organización compuesta por
ese pacto entre Estados.
Un
aspecto que distingue al Estado federal de las confederaciones, es que en el
caso de la Confederación, sus normas no se aplican directamente a los
individuos, las normas se aplican a los estados y los únicos que aplican las
normas directamente a los individuos son cada uno de los estados integrantes de
la Confederación.
El
nacimiento de los Estados Unidos de América, precisamente, implica que primero
hubo una Confederación. Remontándonos a la historia antigua, en la Liga Aquea,
se acerca a lo que es una organización federal. La Confederación del Rhin en
Europa, la Liga Hanseática en el Sacro Imperio Romano, los cantones suizos. Hoy
en día, más que citar estos casos, debiéramos hablar de comunidades económicas
que tienen algunas características distintas pero similares en lo general y,
tal vez, de mayor impacto en la vida de los Estados contemporáneos.
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